RGPD. Rgto Gral. Protección de datos

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A partir del 25 de mayo de 2018, cualquier empresa comunitaria —o de fuera, si comercializa sus productos o servicios en algún país de la Unión Europea— debe estar adaptada al nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

¿Qué es un dato personal?

Es toda información sobre una persona física identificada o identificable, ya sea un nombre, un DNI, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona. Implicando diferencias respecto la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

 

A partir de ahora, con el nuevo reglamento europeo de protección de datos, las empresas deberán explicar a los usuarios de quien recojan sus datos para qué los están recopilando y demostrar que esos datos sólo están siendo empleados para los fines recabados.

 

Los usuarios, por su parte, tendrán la capacidad de retirar su consentimiento y eliminar la información de los servidores de la empresa. Se acabó el consentimiento tácito. El nuevo reglamento general de protección de datos obliga a muchos más controles para garantizar que, quien cede sus datos, lo hace con pleno conocimiento.  A partir de ahora las empresas deben revisar y rehacer el conjunto de contratos y cláusulas.

Las empresas son responsables de su seguridad

Será cada empresa la que determine cuáles son los niveles de riesgo en los que incurre y las medidas que, en su opinión, debe adoptar para garantizar que la información de cualquier persona está correctamente custodiada y es utilizada de forma correcta. Se acabó el café para todos en la seguridad de los datos para todos. Nadie debería preguntase: ¿Qué es el RGPD? Todos seremos responsables.

 

Delegado de protección de datos. DPO

El RGPD propicia la creación de la nueva figura del Data Protection Officer (DPO) o delegado de protección de datos. Una figura esencial en el nuevo reglamento europeo y que tendrá que identificar todos los posibles riesgos y buscar soluciones para solventarlos. Su presencia es obligatoria para todas las administraciones públicas y en aquellas organizaciones con tratamiento de datos a gran escala y puede ser interno o externo a la compañía.

 

Adaptación del RGPD a cada empresa

Debido a todos los cambios respecto a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), la AEPD ha preparado unas guías con instrucciones donde se fijan conceptos, metodología, ejemplos y modelos a seguir, recomendaciones e incluso listados de posibles riesgos de incumplimiento del RGPD y seguridad. No son guías estándar sino que deberá adaptarse a cada empresa con la ayuda de un profesional externo.

 

REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)

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